Reglas de publicación y autorización de pruebas de ensayo
GSQA-EVD-005 · 2.0 · 2026-10-19
1. Prueba pública sustantiva mínima
El registro identifica producto, mercado, normas y resultados reales, aportando páginas, gráficos o informe completo dentro de la autorización. Solo la portada no permite comprobar la conclusión técnica.
2. Derechos y ocultación
El solicitante debe declarar restricciones de propiedad intelectual, confidencialidad o contrato y obtener permisos necesarios. La ocultación no impedirá identificar modelo, ensayo, condiciones, resultados y límites de conclusión. El premio no exige divulgación ilícita ni sustitución de informes.
3. Archivos públicos y privados separados
El expediente íntegro permanece bajo control de acceso. Generar y autorizar la versión pública separadamente. Los enlaces públicos no eluden permisos privados. Si retirar derechos de publicación afecta una condición esencial, evaluar registro y licencia.
4. Presentación íntegra de todos los informes
Aportar portada, todas las páginas numeradas, métodos, condiciones, resultados, conclusiones, limitaciones, anexos y revisiones. Revelar conjuntamente incumplimientos, desviaciones, correcciones y nuevos ensayos pertinentes; no seleccionar únicamente resultados conformes.
5. Correspondencia con producto y configuración
Comprobar descripción de muestra, modelo, valores nominales, materiales, componentes críticos y software. Para series, indicar la cobertura concreta; la semejanza exterior no permite ampliar conclusiones.
6. Trazabilidad entre cláusulas y resultados
Registrar para cada fundamento del premio la norma y edición, cláusula, sentido del límite, unidad, condiciones, resultado y página del informe. Aclarar primero cualquier falta de comparabilidad o diferencia pendiente.
7. Vigencia según requisitos reales
Comprobar plazos del mercado, edición normativa y cambios del producto; no existe una antigüedad máxima mundial. Se prefieren archivos electrónicos originales; los escaneados deben ser completos y legibles. La imagen de un sello no es una firma digital verificada.
8. Contenido técnico sustantivo público
Las pruebas publicadas deben incluir páginas de resultados o gráficos autorizados y conservar alcance, condiciones e identificación necesarios. La portada no sustituye contenido sustantivo. Gestionar por separado expediente privado íntegro, extracto público y versión ocultada.
9. Identidad y estado vigente
Comparar imagen, marca, modelo y titular para confirmar el producto. Al citar resultados usar el número completo del premio. La promoción como premiado vigente depende del estado y fechas del registro; un certificado anterior puede no mostrar cambios recientes.
10. Alcance del premio
Solo comprende modelos, configuraciones, usos, mercados y requisitos enumerados. Leer exclusiones y restricciones con la versión de criterios. Otros productos de la marca, variantes no indicadas y mercados no verificados quedan fuera.
11. Fundamento de la decisión
La decisión se basa en pruebas y condiciones verificadas dentro del alcance. Cumplir los requisitos no constituye una clasificación entre productos ni garantía ilimitada. El método figura en los requisitos de selección y verificación.
12. Laboratorio y fechas
El inventario indica entidad solicitante del ensayo, emisor, dirección del laboratorio, fechas y número. Varios informes pueden probar elementos distintos. La fecha de ensayo indica realización y la de emisión, expedición; se registran separadamente.
13. Informes y gráficos
Solo se citan informes o gráficos autorizados dentro del registro concreto consultado; no hay galería independiente de informes de productos. Indicar informe completo, extracto o versión ocultada, conservando condiciones, número, páginas y fuente. La parte pública permite comprobar el alcance concedido, sin sustituir el expediente interno completo.
14. Certificado y vigencia actual
El certificado indica alcance e información de emisión o versión. Consultar el estado actual antes de usar la descarga. Un cambio puede limitar o terminar la licencia antes de la caducidad mostrada en un certificado anterior.
15. Historial y observaciones
El historial conserva cambios relevantes de estado y alcance y relaciona registros sustitutos. Errores o publicidad fuera de alcance pueden comunicarse por corrección, reclamación o uso de marca. Solo tras verificar la información puede formarse una conclusión.
16. Registros, tramitación y correcciones
Conservar número de solicitud o expediente, producto y mercado, versión aplicada, documentos y páginas, responsables, fechas relevantes, motivos y notificaciones formales. Tratar datos personales y secretos empresariales según permisos. Las dudas sobre registros pueden plantearse por corrección, reclamación o revisión de un solicitante legitimado. La presentación no modifica por sí sola decisiones ni licencias. Rigen la notificación formal y el registro vigente.
17. Entrada en vigor y versiones
La versión 2.0 se publicó y entró en vigor el 19 de octubre de 2026 para los asuntos presentados formalmente después de esa fecha. Las solicitudes existentes conservan su copia y reglas originales; los cambios sustantivos se notifican y tramitan con transición. No se añaden retroactivamente condiciones a decisiones históricas. Web y descargas deben coincidir. Identificar versiones sustituidas y distinguir correcciones de nombre o redacción de cambios sustantivos.
